| TEMA |
| TEMA 1 EMPRESA |
| TEMA 2 PROYECTO EMRESARIAL |
| TEMA 3 LOCALIZACIÓN |
| TEMA 4 SIMULACIÓN DE EMPRESAS |
| TEMA 5 ARCHIVO Y COMUNICACIÓN |
| TEMA 6 PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO |
| TEMA 7 OPERACIONES ADMINISTRATIVAS |
| TEMA 8 GESTIÓN TRIBUTARIA |
| 1.1 IAE |
| 1.1 IAE LOCAL |
| 1.2 IAJD |
| 1.3 IP |
| MODELO 100 |
| MODELO 111 |
| MODELO 190 |
| MODELO 115 |
| MODELO 180 |
| FISCALIDAD AUTÓNOMOS |
| 1.1 ESTIMACIÓN DIRECTA NORMAL |
| 1.2 ESTIMACIÓN DIRECTA SIMPLIFICADA |
| 1.3 ESTIMACIÓN OBJETIVA |
| 2 RETENCIONES TRABAJADOR |
| 3 RETENCIONES EMPRESARIO |
| CERTIFICADO RETENCIONES |
| MODELO 200 |
| MODELO 201 |
| MODELO 202 |
| MODELO 303 |
| MODELO 390 |
| MODELO 347 |
| MODELO 340 |
| MODELO 349 |
| REGÍMENES ESPECIALES |
| 1.7 IMPUESTOS ESPECIALES |
| 1.10 IBI |
| 1.11 IVTM |
| 1.12 IVTNU |
| 1.13 ICIO |
| 1.8 GESTIÓN DE IMPUESTOS |
| 1.9 CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE |
| 2 OBLIGACIONES FISCALES |
| 2.1 ACTIVIDAD CONTINUA |
| 2.2 INICIO DE ACTIVIDAD |
| 2.3 OBLIGACIONES MENSUALES |
| 2.4 OBLIGACIONES TRIMESTRALES |
| 2.5 OBLIGACIONES FINAL DE EJERCICIO |
| 3 PARAÍSO FICAL |
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|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
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| 2 OBLIGACIONES FISCALES | |||||||||||||||
| 3 PARAÍSO FICAL |
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TRIMESTRAL 20 ABRIL 20 JULIO 20 OCTUBRE 30 ENERO |
ANUAL FINAL DE FEBRERO AÑO SIGUIENTE |
MENSUAL están obligados a realizarlo aquellos que estén en inscritos en el Registro de Devolución Mensual. Tiene periodicidad mensual y se declararan los libros registro de IVA que están obligados a llevar cualquier empresario o profesional. Si se está obligado a realizar este modelo, no deberá realizarse el 347. |
| REGÍMENES ESPECIALES |
Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. TRIMESTRAL 20 ABRIL 20 JULIO 20 OCTUBRE 30 ENERO |
ANUAL DÍA 30 DE ENERO AÑO SIGUIENTE: (Resumen Anual I.V.A. 303). 30 DE ENERO AÑO SIGUIENTE |
¿Qué es el IVA?
Es un impuesto indirecto que grava el valor añadido por cada miembro de la cadena de producción de un producto o servicio.
Recae sobre el consumidor final, ya que cada autónomo o empresa de la cadena de producción va trasladando su IVA al siguiente eslabón hasta llegar al consumidor final.
El autónomo tan sólo actúa como intermediario entre Hacienda y el consumidor final, ya que deberá pagar a Hacienda la diferencia entre el IVA que haya repercutido y cobrado a sus clientes y el que haya soportado por sus compras a proveedores.
Están sujetas a IVA las entregas de bienes, las prestaciones de servicios, las importaciones de bienes y las adquisiciones intracomunitarias.
¿Quién debe presentar declaración de IVA?
Todos los autónomos que realicen actividades empresariales o profesionales así como las sociedades mercantiles, los arrendadores de inmuebles o bienes y los promotores inmobiliarios.
¿Cómo se calcula la cantidad a pagar?
IVA repercutido = Precio de Venta × Tipo de IVA repercutido de cada factura emitida.
IVA soportado = Precio de compra × Tipo de IVA soportado de cada factura recibida por compras y gastos.
IVA a pagar = IVA repercutido − IVA soportado
El pago fraccionado de IVA se realizará presentando el modelo 303 hasta el día 20 de los meses de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero. Si cotiza en módulos y está acogido al régimen simplificado de IVA, el impreso a presentar es el 310 los tres primeros trimestres y el 311 el cuarto. Se completa con el resumen anual de IVA a presentar en el modelo 390 en el mes de enero.
- a) La entrega de bienes y la prestación de servicios realizadas por empresarios y profesionales en España.
- b) Las adquisiciones intracomunitarias.
- c) La importación.
Sujeto pasivo y contribuyente son conceptos que se pueden confundir porque a veces son la misma persona como en el IRPF, pero en el IVA son personas diferentes.
4 Operaciones del IVA
- Operaciones no sujetas:
- Entregas gratuitas de muestras promocionales. (las cremas que te dan en un sobrecito en la farmacia)
- Prestaciones gratuitas de servicios de demostración promocionales. (Demostración del funcionamiento de la termomix en tu casa por parte de un comercial)
- Entregas gratuitas de impresos o catálogos publicitarios. (Folleto del Círculo de lectores)
- Entregas de bienes o prestaciones de servicios públicos sin contraprestación. (Educación pública a pesar de pagar tasas puesto que éstas son un tributo no una contraprestación)
- Entregas de dinero como pago o contraprestación. (Nómina Mensual)
- Operaciones Exentas: A determinadas operaciones no se les aplica el IVA a pesar de estar sujetas a él, se trata de un beneficio fiscal.
Limitadas: Los empresarios y profesionales no pueden repercutir a los consumidores el IVA en determinadas operaciones. Por ejemplo, un colegio cuando compra ordenadores o material, paga la luz o los servicios de limpieza, soporta un IVA que luego no puede repercutir a sus alumnos puesto que la enseñanza es una actividad exenta de IVA.
El tipo impositivo es el porcentaje que se aplica sobre la base imponible para obtener la cuota. TIPO IMPOSITIVO
Aplicación del porcentaje al IVA soportado para obtener el IVA soportado que se habrá deducido en las autoliquidaciones correspondientes a los tres primeros trimestres: 1.280 x 73% = 934,40 euros.
ACTIVIDADES
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ACTIVIDAD 1

El IVA es el impuesto indirecto que grava el consumo, independientemente de su renta. La mayor parte de los bienes y servicios que se consumen incluyen en su precio el IVA, pero hay actividades exentas de este impuesto, como los servicios médicos y sanitarios, la educación y formación, las sociedades culturales y deportivas, el alquiler de viviendas y las operaciones financieras y de seguros.
Hay que tener en cuenta que no en todos los productos se grava el mismo tipo, sino que depende del bien que se adquiera. Así, existen tres tipos de IVA:
IVA general (21%) Es el porcentaje que se aplica por defecto a todos los productos y servicios.
IVA reducido (10%) La lista de productos y servicios que tributan a un tipo reducido es muy larga e incluye los alimentos en general (excepto los que soportan un IVA superreducido); transporte de viajeros, los árboles y arbustos frutales, las plantas hortícolas y las plantas aromáticas utilizadas como condimento son algunos ejemplos.
IVA superreducido (4%) Se aplica a los productos de primerísima necesidad y reciben esta consideración el pan, leche, huevos, frutas, verduras, hortalizas, cereales y quesos. Además, también se benefician de este IVA libros, periódicos y revistas no publicitarios; medicamentos de uso humano; sillas de ruedas para minusválidos y prótesis y Viviendas de Protección Oficial o VPO.
En la península ibérica y en las Islas Baleares opera desde el 1 de enero de 1986, cuando España entró en la UE. El IVA se aplica en todo el territorio nacional salvo en Canarias, Ceuta y Melilla, que disfrutan de un régimen especial.
IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) Tipo general (7%)
IPSI (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación)
en Ceuta y Melilla. Los límites mínimo y máximo de 0,5% y el 10%.
1¿Cuál son las actividades exentas (no generan obligación de pago)?
2¿Cuál es el tipo general del IVA?
3¿Qué tipo se aplica a alimentos, eventos deportivos y transporte?
4¿Qué tipo se aplica a libros, medicamentos y pan?
5¿Cuáles son los cinco países de la Unión europea con un tipo de IVA más alto?
6¿Cuáles son los cinco países de la UE con un tipo de IVA más bajo?
7¿Qué tributo se aplica en Canarias en lugar del IVA?
8¿Qué tributo se aplica en Ceuta y Melilla en lugar del IVA?
ACTIVIDAD 6
Cuando se hace la declaración de IVA, ¿hay que pagar las facturas aunque no las hayas cobrado?
El autónomo deberá declarar la factura, pero si nunca llegase a cobrarla, podrá reclamarla
ROCÍO GONZÁLEZ
Madrid 21 FEB 2022 –
A la hora de hacer la declaración del IVA es posible que el trabajador autónomo deba enfrentarse al dilema de si debe declarar o no todas las facturas emitidas, aunque no las haya cobrado. Lo cierto es que sí deben declararse todas. La Ley del IVA establece que se debe declarar el IVA de todas las facturas cuando se haya producido la venta del producto o la prestación del servicio.
Expertos de Holded indican que esa obligación supone que el autónomo deba declarar en ese mismo ejercicio las facturas, las haya cobrado o no. Esto supone que se tendrá que adelantar el IVA a la Agencia Tributaria. No obstante, hay excepciones.
El Régimen Especial de Criterio de Caja
Una de las excepciones para declarar el IVA de las facturas no abonadas es cuando el autónomo se ha dado de alta en el Régimen Especial de Criterio de Caja. En este caso, si la facturación del negocio no supera los dos millones de euros, se puede evitar declarar el IVA que aún no se haya recibido.
Recuperar el IVA de facturas no cobradas
En el caso de que el profesional haya declarado las facturas impagadas y haya pasado el tiempo sin que sigan sin abonarse, el autónomo puede reclamar a Hacienda la devolución del IVA que ya abonó (pero nunca cobró).
En esa circunstancia, el autónomo tendrá que hacer una reclamación judicial de la factura, crear una factura rectificativa de la original, enviarla a la Agencia Tributaria para indicarle que se ha anulado el pago e incluir esta factura rectificativa en la liquidación del IVA que corresponda.
Desde Billage indican que si, por ejemplo, el deudor se encuentra en un proceso concursal, se podrá expedir la factura desde el inicio de la fecha en la que empieza la situación concursal y transcurrido un mes desde su publicación en el BOE no podrá modificarse la base imponible.
Por otro lado, pudiera darse el caso de que la cantidad fuera incobrable. En esa circunstancia, la base de la factura podría reducirse si ha transcurrido ya un año (o seis meses) desde la emisión de la factura, todas las operaciones tendrían que haberse anotadas correctamente en el registro del IVA y en el caso de tener que modificar la base imponible, esta modificación debería hacerse en un plazo de tres meses desde que acaba el devengo de la operación.
El procedimiento permite al autónomo recuperar el IVA abonado y no cobrado, pero el deudor deberá devolver el IVA que se dedujo en su día.
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2022/02/20/autonomos/1645383559_749751.html
1¿Hay que declarar el IVA de las facturas que no se han cobrado?
2¿Qué puedo hacer si al final no se cobra la factura?
| MODELO 303 |
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